Primicias24.com – Este jueves circuló en Gaceta Oficial el decreto N° 6.296, de carácter extraordinario, en donde estaba contenido el decreto 2.833, sobre la modificación del pago en efectivo del bono alimentación. De esta forma queda ajustado el nuevo pago.
A partir de la emisión de este decreto, las empresas tendrán 30 días para que las empresas públicas y privadas adapten sus nóminas para cumplir con la ley.
En este sentido la base de cálculo para el pago del cestaticket, quedó establecida en 15 Unidades Tributarias, pudiendo percibir hasta un máximo equivalente a 450 Unidades Tributarias al mes.
Igualmente quedó establecido que los empleadores pagarán cada trabajador en efectivo por medio de un bono en su cuenta de nómina, además del monto por beneficio del bono alimentación, sin incidencia salarial.
Vale destacar que los cupones, tickets y tarjetas electrónicas que ya hayan sido emitidas, mantendrán su validez y vigencia.
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